miércoles, 18 de marzo de 2009

NACE UNA NUEVA REVISTA DIGITAL: "REVISTA DE ESTUDIOS", DE LA FUNDACIÓN 1 DE MAYO



La Fundación 1º de Mayo acaba de publicar el primer número de la "Revista de Estudios". Tendrá carácter mensual y la edición será exclusivamente digital. Según se señala en la presentación, esta publicación pretende ser un punto de encuentro para el análisis, la reflexión y amplificar el debate sobre los aspectos económicos, sociales y laborales para que los distintos puntos de vista lleguen a todas las personas interesada en aportar conocimiento al movimiento sindical. [DESCARGAR PDF ]


Se presenta este primer número por el presidente de la Fundación 1º de Mayo, Rodolfo Benito, con un artículo firmado por Ignacio Fernández Toxo, secretario general de CCOO, sobre "La crisis como reto para transitar hacia un nuevo modelo económico y productivo". La crisis también es el motivo de la reflexión de Carlos Berzosa, rector de la Universidad Complutense de Madrid, que se pregunta sobre "¿Hasta dónde y cuándo la crisis económica?"; y Javier Doz, secretario confederal de Internacional, que aborda "La crisis económica y el cambio de modelo".
El catedrático de Derecho del Trabajo, Antonio Baylos, aborda "Los retos del derecho social ante la crisis económica"; y, finalmente, Elvira S. Llopis, vicepresidenta de la Fundación 1º de Mayo, analiza la situación de la mujer bajo el título "Reivindicaciones sociales, laborales y lucha por la igualdad".
Otra de las tareas encomendadas a la Fundación 1º de Mayo, que tiene hueco en las páginas de este primer número de la revista, es un servicio de Biblioteca especializada. Coro Lomas, responsable del Servicio de Documentación y Biblioteca, nos presenta las referencias bibliográficas del Centro, en eta ocasión referidas a "CCOO y la inmigración" y que incluye las publicaciones que CCOO ha editado sobre la inmigración extranjera en España

martes, 17 de marzo de 2009

Jornada de estudio sobre "Despido individual y colectivo y su protección social en la Unión Europea"



La Fundación 1º de Mayo, el Gabinete de Estudios Jurídicos de CCOO y el Centro Europeo y Latinoamericano para el Diálogo Social, organizan para el próximo 16 de abril una jornada de estudio sobre "Despido individual y colectivo y su protección social en la Unión Europea". El acto se desarrollará en Madrid, en el salón de actos del Consejo Económico y Social, e intervendrán destacadas personalidades y expertos juristas de organizaciones y universidades europeas. El diseño de la jornada se realizó en la comida que capta la fotografía.


Las jornadas contarán con las intervenciones iniciales de Rodolfo Benito, secretario confederal de Estudios y presidente de la Fundación 1º de Mayo, que realizará la presentación de las jornadas y de Ignacio Fernández Toxo, secretario general de CCOO, que abordará la situación del despido en España, la protección social y el sindicato.
Antonio Baylos, catedrático del Derecho del Trabajo de la Universidad de Castilla La Mancha, y Antonio Lettieri, presidente del Centro Internazionale di Studi Sociali de Roma, abordarán, respectivamente, las ponencias sobre "Economía y política en la regulación jurídica del despido" y "La flexiseguridad en el marco de la política social europea".
La visión comparada la aportarán los representantes de Alemania (Ulrich Zachert, de la Universidad de Hamburgo), Francia (Isabelle Daugareilh, de la Universidad Montesquieu. Burdeos IV), Italia (Antonio Loffredo, de la Universidad de Siena) y Suecia (Samuel Engblom, asesor legal Tjänstemännens Centralorganisation de Estocolmo).
La jornada se desarrollarán el 16 de abril de 2009, en el salón de actos del Consejo Económico y Social (Madrid, calle Huertas, 73 VER PLANO) y las inscripciones se pueden realizar en los correos electrónicos del Gabinete de Estudios Jurídicos de CCOO (gejur@gejur.ccoo.es) o en el de la Fundación 1º de Mayo (1mayo@1mayo.ccoo.es).

jueves, 5 de marzo de 2009

“AL OTRO LADO” DE F. AKIN: A VUELTAS CON LA IDENTIDAD NACIONAL.

Ahora que se habla tanto de la identidad nacional en el Pais Vasco, cuenta Rafael Carvallo que la película "Al otro lado" de Fatih Akin le ha resultado muy sugerente. Este director nació en Berlín, de padres turcos, en 1973. Estudió Ciencias Audiovisuales en la Escuela de Bellas Artes de Hamburgo y se licenció en 1995. Ese mismo año realizó su primer corto, “Sensin – du bist es!”, que ganó el Premio del Público en el Festival de Cortometrajes de Hamburgo. Al año siguiente rodó otro corto, “Getürkt”. En 1998 dirigió su primer largo, Corto y con filo, que ganó el Leopardo de Bronce en el Festival de Locarno y el Premio al Mejor Joven Realizador en el Festival de Baviera. En 2003 realizó Contra la pared, galardonada con el Oso de Oro del Festival de Berlín y elegida Mejor Película por los Premios del Cine Europeo y por la Academia de Cine Alemana.
La película “Al otro lado” de F. Akin, (2007) plantea el problema de la identidad nacional y la inmigración en una narración muy explícita en la que estas nociones son volátiles, no fijas, en un contexto del mundo global en el que todo y todos se mueven pero sin que lleguen a establecer contacto. A continuación se insertan algunos textos que quieren ayudar a plantear esta problemática a partir de la narración del film, quizá al otro lado de la escritura cinematográfica que Akin ha realizado en este trabajo.

En primer lugar, la noción clásica de identidad nacional tal como la explica sintéticamente una de sus principales estudiosas, la socióloga Montserrat Guibernau (2007):

“Identidad es una definición, una interpretación de uno que establece qué es una persona y dónde está en términos sociales y psicológicos. Todas las identidades emergen en el interior de un sistema de relaciones sociales y de representaciones. Toda identidad exige el reconocimiento recíproco de los otros; implica permanencia y unidad de un sujeto o de un objeto a través del tiempo. La identidad se conecta también a la acción. Desde esta perspectiva, los actores deben tener la percepción de pertenencia, un sentido de continuidad temporal y una capacidad de autorreflexión que informa un proceso de constante reafirmación de la propia auto-identidad y de la diferencia respecto de los otros”
Entre las identidades, “la identidad nacional es un sentimiento basado en la creencia de pertenecer a la misma nación y compartir muchos de los atributos que la hacen diferente de las otras naciones. La creencia en una cultura común, historia, afinidades, lenguaje, territorio, religión, que funden momento actual y destino de un pueblo, se invocan frecuentemente, con intensidad variable, como la forma de compartir una identidad nacional particular. Normalmente tal identidad nacional se atribuye generalmente a los ciudadanos de un estado-nación. Pero identidades nacionales diferentes pueden ser compartidas por ciudadanos de naciones sin estado como los casos de Québec, Cataluña, Pais Vasco o Escocia”
Montserrat Guibernau, The identitiy of nations, Polity Press, Cambridge, 2007, pp. 10 y 11.

Pero frente a esta noción cultural y política de la identidad, resulta más cercana a la visión que nos muestra “Al otro lado” en el siguiente texto de Gabriel Gatti (2008):

“La palabra identidad es sencilla de enunciar pero muy difícil de pensar. Está repleta de trampas y salvaguardas, de parapetos que la preservan de la duda. Estas salvaguardas constituyen enormes lastres, de los que parecería que no nos es posible librarnos y que dificultan enormemente la reflexión sobre ella, que aún al día de hoy continúa encerrada en la mística de semper idem, en la retórica de lo idéntico, lo permanente, lo duradero, lo sólido, lo firme, lo estable, lo único, el lugar donde guardamos las cosas que permanecen.
Si lo que digo es cierto deberíamos abandonar de una vez por todas el concepto, por peligroso y, sobre todo, por inútil, pues nada describe de un mundo, el contemporáneo, con demasiadas cosas, casi todas, que no se llevan bien con esos adjetivos. Y sin embargo, la palabra identidad, tramposa o no, peligrosa o no, lastrada por enormes pesos como está, sirve: pues se usa, pues se busca, pues se dice, pues se vive. Cuidado pues con la crítica radical al término. Quizá no exista, pero se desea, quizás fuese mejor un término distinto, pero éste dice mucho de cómo funciona la construcción de nuestras identificaciones. Ojo entonces con deshacerse del agua de la bañera pues puede que al sacar el tapón se vaya tambien el niño por el desagüe: ‘La identidad es (…) una idea que no puede pensarse a la vieja usanza, pero sin la cual ciertas cuestiones clave no puedne pensarse en absoluto’ (Hall, 2003). El concepto sirve, si no como indicador de hechos – la identidad como verdad – sí como reflejo de deseos y de búsquedas – la identidad como aspiración.
Gabriel Gatti, El detenido-desaparecido. Narrativas posibles para una catástrofe de la identidad., Trilce, Montevideo, 2008, pp. 96-97.


En el film, la temática de la identidad nacional está unida al problema de la inmigración. Turcos en Alemania, la generación de los padres en la industria, sometido a una jerarquización salarial y a una especialización funcional; pero esa certeza en el origen y en el enraizamiento en otro lugar a partir del hecho migratorio, es alterado en la segunda generación. Y principalmente en el joven profesor contratado universitario – un hallazgo que su profesión no sea “obrera” sino un empleado público, trabajador de la cultura- , hijo de inmigrantes, formalmente integrado en el que se declara “su país” del que sin embargo se extraña, sin tampoco poder desarrollar un sentido de pertenencia con el país de origen familiar. Se opera una deslocalización afectiva, política y cultural, un desenraizamiento global. Es el acto del padre, su brutalidad, el que le permite desprenderse de su medio de vida y de trabajo y el que le conduce a otro lugar, evocado pero inasible en su realidad actual. Y a la inversa, en la dirección Turquía – Alemania, de la joven estudiante que rechaza y resiste el contexto identitario turco para acudir a otro país que no la acepta y al que tampoco ella acepta sino como vía de escape, no sólo personal, sino también de una acción política minoritaria y elitista, repelida también por la gran mayoría de la población en Turquía –la escena de los aplausos a la redada policial.

Más complicado es el proceso de las dos alemanas, madre e hija, en su relación con la otra identidad cultural y política de Turquía. En ese nivel la identidad alemana se pone en crisis por la identificación afectiva con el diferente, con el otro, y con el descubrimiento de éste como objeto de atención y de cariño. Aunque en el caso de la madre el descubrimiento se produzca a partir de la extinción física de la persona que oficia de “médium” afectivo entre un mundo y otro.

En el film se contiene también una referencia continua a los debates sobre la importancia de los paradigmas de la cultura occidental – su identidad histórica, política, incluso religiosa – respecto de la cultura, la historia y la política turca en el proceso de integración en la Unión Europea. Desde la conversación en la cocina hasta los interrogatorios policiales en la cárcel, la influencia de este proceso de integración sobre la cotidianeidad, es muy llamativo.

El tema de la hibridación identitaria, de la renuncia a las certezas de cada uno y la exaltación de un campo cultural que puede amortiguar las diferencias y las heridas, convergen en una mirada compasiva hacia los personajes que son capaces de sobrevivir a ese continuo entrecruzarse de destinos trágicos. Viven en una frontera que traza cada día sus bordes y evocan las pérdidas sufridas, de las personas desaparecidas y de la creencia en una historia (pasado, presente y futuro) que les de un sentido colectivo.

sábado, 28 de febrero de 2009

SALE LA CUARTA EDICIÓN DE SINDICALISMO Y DERECHO SINDICAL

La editorial BOMARZO ha publicado la cuarta edición corregida del libro "Sindicalismo y Derecho Sindical" que inauguró la Colección Básicos de esta editorial hace cinco años, en el 2004. En esta ocasión el libro se abre con una presentación de Mr. José Luis López Bulla, y su contenido ha sido ampliamente corregido y puesto al día con la´más reciente jurisprudencia constitucional. El apartado final de Bibliografía ha sido tambien revisado y ofrece unos puntos de referencia doctrinales muy completos.



Dice el presentador de la obra que en ella se encuentra "un material de extremada utilidad para la gente veterana del sindicalismo. Porque viene a enfatizar la necesidad del derecho sindical. Y a las jóvenes generaciones de sindicalistas que tienen la oportunidad de establecer un vínculo entre sus experiencias cotidianas y sus saberes empíricos con los conocimientos científicos". Lo que se denomina por el autor "material escolar" - sigue diciendo el titular del blog hermano "Metiendo Bulla" - recopila en un todo "una serie de cosas sabidas dispersamente o, tal vez, aparentemente sabidas, o, quizá, olvidadas; y para otros se trata de una exposición a la que se accederá, en no pocos casos, por vez primera", pero en todo caso, "se trata de un recorrido sobre los bienes democráticos que el sindicalismo confederal ha conquistado en los últimos años". El libro pretende "saber más precisamente para acumular mas bienes democráticos dentro y fuera de los centros de trabajo, en estos tiempos de profundas y aceleradas transformaciones" en una conversación ininterrumpida entre sindicalistas y iuslaboralistas.


INDICE DEL LIBRO

PRESENTACIÓN de José Luis López Bulla.

1. INTRODUCCIÓN: SINDICALISMO Y DERECHO SINDICAL

2. LA LIBERTAD SINDICAL 2.1. El reconocimiento constitucional de la libertad sindical y la Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS) 2.2. Ámbito subjetivo de la libertad sindical 2.3. Contenido de la libertad sindical. Libertad sindical individual y colectiva 2.4. La mayor representatividad sindical 2.5. Tutela de libertad sindical

3. LA REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LA EMPRESA 3.1. El "modelo dual" de representación en la empresa 3.2. Los órganos de representación en la empresa de base electiva: comités de empresa y delegados de personal (Título II del Estatuto de los Trabajadores). Composición, facultades y garantías 3.3. La acción sindical en la empresa. Secciones sindicales y delegados sindicales. Facultades y garantías 3.4. Los órganos de representación del personal en la Administración Pública

4. LAS RELACIONES DE CONFLICTO: HUELGA, CIERRE PATRONAL Y CONFLICTOS COLECTIVOS 4.1. El planteamiento constitucional de la asimetría de las medidas de conflicto: huelga y cierre patronal 4.2. La regulación del derecho de huelga. El DLRT y la STC 11/1981, de 8 de abril 4.3. Derecho de huelga y servicios esenciales. Los decretos de servicios mínimos 4.4. La solución extrajudicial de conflictos colectivos. Sistemas autonómicos, el ASEC y el SIMA

5. BIBLIOGRAFÍA SELECCIONADA

Editorial Bomarzo, Albacete, 2009. 12 €. (editorialbomarzo@ono.com)



jueves, 12 de febrero de 2009

LIBERTAD SINDICAL Y DESPIDOS DISCRIMINATORIOS EN ARGENTINA








Es inminente un fallo de la Corte Suprema de Justicia en Argentiina que reconozca la nulidad del despiod discrimiantorio por causas sindicales. La central sindical CTA dedica en su órgano de prensa ACTA, un espacio a este tema mediante una entrevista con Moises Meik, gran amigo de la UCLM y frecuente visitante de la bella ciudad de Parapanda.





Moisés Meik, abogado laboralista, vicepresidente de la Asociación de Abogados Laboralistas y miembro del Observatorio Jurídico de la Central de Trabajadores de la Argentina evalua la trascendencia desde el punto de vista de la libertad gremial del inminente fallo de la Corte Suprema de Justicia en tres casos de despido por persecución gremial.


¿Qué agregan estas tres sentencias a la protección de los derechos de los trabajadores?
Estamos ante la perspectiva de un pronunciamiento muy importante de la Corte en la lucha contra la discriminación. De acuerdo a lo denunciado por la Organización Internacional del Trabajo, todos los días, en cada lugar de trabajo se produce un hecho de discriminación gremial. Es la triste realidad de miles de trabajadores anónimos. En la Argentina la mayor causa de discriminación es de índole gremial. En estos fallos se han aplicado normas internacionales que tienen vigencia local a partir de la última reforma constitucional. De esta forma normas supralegales vienen a suplir la falta de legislación laboral interna que ampare al trabajador contra actos de discriminación. Las tres causas corresponden a las cámaras de la Capital Federal y Río Negro. A partir de estos fallos, ya no va más el agravamiento de las indemnizaciones en caso de discriminación. La corriente doctrinal que se aplica ahora dice que debe cesar lo que dio origen a la discriminación, es decir el despido.
¿Qué antecedentes tiene el fallo?
En nuestro país es común que el trabajador que quiere establecer una comisión interna en su fabrica, armar un sindicato o simplemente movilizarse en defensa de sus derechos encuentre represalias por parte del patrón. Tal vez por eso los fallos que declaran nulo el despido discriminatorio no son pocos. Hay casos emblemáticos como el de Staforini contra el Anses, donde se verificaron varias causas ligadas a la libertad de expresión y casi siempre la Justicia se expidió a favor del trabajador. La novedad es que ahora ya no se atiende lo que dice la Ley de Contrato de Trabajo que fija la monetarización de la indemnización, sino que se tienen en cuenta normas internacionales antidiscriminatorias que significan la reincorporación del trabajador.
Los patrones pueden elegir a que sindicato pertenecer mientras que los trabajadores no.
Por eso, un reciente fallo de la Corte da respuesta a la situación señalando claramente que un trabajador puede participar de una elección sindical sin estar afiliado al gremio que tiene la personería. Cualquier sindicato simplemente inscripto puede representar y organizar a los trabajadores de su empresa.
Según algunos medios, la inminencia de estos fallos causó preocupación en la Confederación General el Trabajo ya que –se dice- cualquier trabajador, no sólo los delegados gremiales, estarían protegidos contra el despido. De alguna manera se amplían los fueros…
Los dirigentes gremiales deberían estar contentos con este fallo. A la hora del conflicto muchas veces los costos más altos los pagan los trabajadores y no los dirigentes que están protegidos por sus fueros. Ahora con este fallo, todos están mejor amparados para luchar por sus derechos. Eso debería alegrar a cualquier dirigente gremial, ¿o no?.

lunes, 9 de febrero de 2009

RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS HORAS EXTRAORDINARIAS

De todos los temas derivados del tiempo de trabajo, la regulación / desregulación del trabajo extraordinario contenida en el art. 35 ET tras la reforma de 1994, es central como ejemplo y síntoma del modo de aproximarse a este aspecto central en la determinación del contenido de la prestación de trabajo en el marco del contrato individual laboral. Paco Trillo, profesor en la UCLM y doctor en la misma por una excelente tesis sobre el tiempo de trabajo dirigida por Joaquín Aparicio, ha abordado en este volumen de la colección Básicos de Derecho Social de manera monográfica, los problemas que plantea al jurista el régimen jurídico de las horas extraordinarias. Lo hace desde la convicción de que está analizando un tema que requiere una revisión normativa inmediata no sólo por lo negativo de la definición legal actual y su desarrollo convencional, sino porque se está comprobando un incremento significativo del tiempo de trabajo extraordinario y su utilización como instrumento de prolongación de jornada y de distribución irregular del tiempo de la misma. Esta constatación de tendencias de hecho y de conductas consecuentes con ello de los agentes económicos respecto de ampliar lo más posible la duración de la prestación de trabajo encuentra también respaldo en los impulsos desreguladores actuales en el nivel europeo, como lo demuestra el debate sobre la Directiva de ordenación del tiempo de trabajo y la ampliación de la misma, vía pacto individual, a 60 o 65 horas semanales, que felizmente el Parlamento europeo, sensible a la movilización sindical contra la misma, ha rechazado en diciembre de 2008.

El punto de vista que maneja dialécticamente el autor es el de insertar las orientaciones hacia la reducción del tiempo de trabajo y la limitación por consiguiente del tiempo de trabajo extraordinario en un triple orden de consideraciones: como una exigencia que deriva del derecho a la prevención de riesgos en los lugares de trabajo y del derecho a la salud del trabajador, como una fórmula que se proyecta sobre el compromiso por reducir el desempleo o, a la inversa, como una medida de fomentar la creación de empleo y, en fin, desde el punto de vista de los derechos de conciliación familiar / laboral en el marco del reconocimiento de un derecho fuerte a la igualdad efectiva entre hombres y mujeres a partir de la LO 3/2007. Desde este contexto, el libro se estructura en una doble esfera. En la primera se analiza críticamente el régimen legal y convencional de la prestación de horas extraordinarias, con conclusiones muy desoladoras, y en la segunda la fase de puesta en práctica del control de estas facultades, es decir, la reclamación y el control de las mismas junto con el régimen a efectos de seguridad social de las mismas. El libro se cierra con unas conclusiones muy atinadas –aunque muy negativas en la constatación de una situación muy degradada- y un apéndice jurisprudencial y convencional que es el utilizado para apuntalar la reflexión realizada en el libro que, como se desprende de lo dicho hasta ahora, es un trabajo serio y riguroso sobre el tema que es muy conveniente conocer.
RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS HORAS EXTRAORDINARIAS.

Francisco J. Trillo Párraga. Editorial Bomarzo, Albacete, 2008, 92 pags.

jueves, 5 de febrero de 2009

INMIGRACION Y DERECHOS SINDICALES



La editorial Bomarzo ha publicado esta obra en la que se reflexiona sobre el trabajo material como base de los derechos ciudadanos en relación con el trabajo inmigrante. La regulación restrictiva de los derechos colectivos - sindicación y huelga - por la Ley del Partido Popular del 2000 ha sido declarada inconstitucional por dos importantes sentencias de noviembre y diciembre de 2007 del Tribunal constitucional. Este libro reflexiona sobre la relación jurídica y política de los inmigrantes y el sindicalismo y su inversa, es decir, la función que cumple el sindicato en relación con el colectivo de los inmigrantes.




Colección Básicos de Derecho Social - Formato 14x21 cm - 88 páginas - Editado 2009 - 12 Euros

INDICE DEL LIBRO1. Modelo legal y construcción normativa de la relación entre inmigración y acción sindical2. Inmigración, residencia, trabajo. La clave de la asignación de derechos y del espacio de la ilegalidad en la Unión Europea3. El modelo legal español. La evolución normativa4. Los inmigrantes como sujetos de derechos colectivos5. Sindicatos (españoles) e inmigración. El otro lado del espejo6. Referencias bibliográficas