De nuevo en este curso académico 2010- 2011, se prepara un nuevo ciclo de cine en la asignatura "Cine y Derechos Sociales" de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de Ciudad Real. En esta ocasión, el tema elegido es, como parecía previsible, el de la relación entre la crisis económica y los derechos laborales y sociales. A continuación se inserta la reflexión general que abre esta temporada de Cine y Derechos Sociales.
CRISIS ECONOMICA Y DERECHOS SOCIALES
Aunque nadie lo recuerde en estos tiempos, se ha reconocido a escala universal desde hace más de un cuarto de siglo el derecho de los seres humanos y de los pueblos al desarrollo económico, social, cultural y político, en el que puedan realizarse plenamente todos los derechos y libertades fundamentales considerados de forma indivisible, es decir, la totalidad de los derechos civiles y políticos, económicos, sociales y culturales (Resolución 41/128 de Naciones Unidas, 1986). Según esta importante resolución, “El derecho al desarrollo es un derecho humano inalienable en virtud del cual todo ser humano y todos los pueblos están facultados para participar en un desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan realizarse plenamente todos los derechos humanos y libertades fundamentales, a contribuir a ese desarrollo y a disfrutar de él”.
Los Estados tienen el deber primordial de crear condiciones nacionales e internacionales favorables para la realización del desarrollo, cooperar mutuamente para eliminar los obstáculos al desarrollo y adoptar medidas para formular políticas adecuadas de desarrollo internacional. Por eso – continua la Resolución de Naciones Unidas - deben adoptar, en el plano nacional, todas las medidas necesarias para la realización del derecho al desarrollo. Para ello deben garantizar, entre otras cosas, la igualdad de oportunidades para todos en cuanto al acceso a los recursos básicos, la educación, los servicios de salud, los alimentos, la vivienda, el empleo y la justa distribución de los ingresos. Deben adoptarse medidas eficaces para lograr que la mujer participe activamente en el proceso de desarrollo. Deben hacerse reformas económicas y sociales adecuadas con objeto de erradicar todas las injusticias sociales.
Asimismo es obligación de los Estados adoptar medidas para eliminar las violaciones masivas y patentes de los derechos humanos de los pueblos y de los seres humanos, y deben cooperar para promover, fomentar y reforzar el respeto universal y la observancia de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, dándose urgente consideración a la aplicación, promoción y protección de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. En ese sentido, es fundamental el compromiso de adopción de medidas para asegurar el pleno ejercicio y la consolidación progresiva del derecho al desarrollo: medidas políticas, legislativas y de otra índole en el plano nacional e internacional.
Por consiguiente, el derecho al desarrollo económico y social se configura como un elemento directamente relacionado con la preservación de derechos humanos y sociales básicos y con la progresiva extensión de éstos. Las grandes crisis económicas que afectan a las estructuras básicas del sistema capitalista inciden por consiguiente en esta perspectiva de forma negativa, imponiendo desigualdad y miseria en amplias capas de la población.
El sistema económico capitalista se ha ido transformando desde sus inicios a través de una serie de eventos que solemos definir como crisis económicas, algunas de ellas de extraordinaria gravedad y amplitud. La crisis y los ciclos económicos son esenciales para la propia supervivencia del capitalismo, y en ello posiblemente se cifra el “enigma” del capital . El derecho del trabajo, como conjunto normativo que regula las relaciones de trabajo en un sistema económico de libre empresa, es un producto cultural e histórico que se asocia al capitalismo desde sus inicios, y que en consecuencia en su desarrollo ha metabolizado las alteraciones profundas en las relaciones de producción que llevan consigo las crisis económicas del sistema. Por eso se afirma que la crisis es una “compañera de viaje” histórica del derecho del trabajo .
Las crisis económicas inducen tradicionalmente modificaciones importantes en la regulación jurídica de las relaciones de trabajo. Estamos acostumbrados a que, en la gran mayoría de los casos, estas modificaciones se resuelvan desfavorablemente para los derechos de los trabajadores, a través de la puesta en práctica de procesos que tienen como efecto quebrar la fuerza colectiva de los trabajadores, fragmentar sus niveles de tutela y situarles en la competencia derivada de lo que los antiguos liberales denominaban “la libertad de trabajo”. Sin embargo no hay una relación unívoca entre estas categorías de manera que épocas de bienestar y de bonanza económica se corresponden con la mejora de las condiciones de vida y de trabajo de los trabajadores y épocas de crisis con reducción de estas posiciones. En muchas ocasiones la crisis ha supuesto una oportunidad para cambios trascendentales en la configuración del sistema de tutela de los derechos laborales y de la ciudadanía social. Así sucedió en USA con el New Deal tras la crisis de 1929, y en Europa, la experiencia de la República de Weimar, supuso el embrión de un derecho del trabajo potente y democrático. En España, este papel lo desempeñó la II República española. Es cierto que estas experiencias terminaron trágicamente con el triunfo del nazismo alemán y del fascismo español, y que estas ideologías criminales eran también ellas originadas como respuestas a la crisis económica. Pero esta constatación trágica no impide observar el laboratorio de propuestas y de formas de construir la tutela del trabajo, la dimensión colectiva del trabajo y la intervención pública que tales experiencias democráticas pusieron en pie . Por eso la ambivalencia de estas situaciones cuando la crisis es profunda y marca una época.
En el escenario de la globalización, la llegada de la crisis económica a partir de agosto de 2008, provocó una situación extremadamente negativa en términos de desigualdad y de exclusión social que se tradujo en una pérdida de derechos, y no sólo en los países menos adelantados o en desarrollo sino principalmente en Estados Unidos y en la Unión Europea. Como señala un texto muy esclarecedor del sindicalismo internacional , “decenas de millones de trabajadores y trabajadoras en todo el mundo, víctimas inocentes de esta crisis, han perdido sus puestos de trabajo y sus ingresos. Los trabajadores están indignados por las causas de la crisis y tienen una profunda sensación de injusticia ante los enormes sufrimientos que está ocasionando. Se trata de una crisis provocada por la codicia y la incompetencia del sector financiero, apoyándose en los dogmas fundamentalistas de libre mercado de las décadas precedentes. Se trata de una crisis provocada por la creciente desigualdad en la distribución de la renta y una erosión considerable de la proporción del salario en los ingresos nacionales, acompañadas de reducciones salariales relativas, un aumento de la flexibilidad laboral y la inseguridad, una reducción de la protección social y un debilitamiento en la aportación de servicios públicos. Se trata de una crisis provocada por un modelo de crecimiento que ocasiona el deterioro del medio ambiente alterando las condiciones de habitabilidad del planeta”.
Las estrategias de salida de la crisis basadas en el fortalecimiento y recuperación del modelo neoliberal hacen muy difícil una acción que, como se ha dicho de forma muy expresiva, consiga “cambiar la globalización”. Una acción coordinada a escala internacional, que apunte a “la creación de empleo decente y sostenible y a salvaguardar los empleos existentes, garantizar una protección social adecuada, incrementar los salarios y el poder adquisitivo, erradicar la pobreza y la inseguridad, establecer y reforzar los servicios públicos, promover la educación para todos, la formación profesional y el aprendizaje a lo largo de toda la vida, y revertir el aumento de la desigualdad de ingresos”, en línea con lo que señala el Pacto Mundial para el Empleo de la OIT. En esa misma línea, la introducción del conocido impuesto global sobre las transacciones financieras y sobre las transacciones de divisas, serviría para desalentar los movimientos especulativos de capital a gran escala e incrementar la renta pública necesaria urgentemente para cubrir prioridades sociales, medioambientales y de desarrollo. Con ello sería posible poner fin a las políticas que han generado enormes desigualdades tanto entre los países como dentro de cada nación en el transcurso de las dos últimas décadas.
De esta manera, es posible concebir una oportunidad de cambiar, de fortalecer y de diseñar mejor el sistema de garantías que se entrelaza con los derechos de ciudadanía en un sistema democrático, pero también de fortalecer un discurso que se apoya en el trabajo en el centro de la sociedad , más allá de las dicotomías entre Estado y mercado, o entre economía y política: una cultura que se sustenta en el trabajo como eje de la emancipación social y que va construyendo un proyecto político y cultural nuevo que desdice la idea de estar siempre en un tiempo presente o en un horizonte de continuidades. Se trata por tanto de insistir en un discurso que niega el economicismo reductivo de las relaciones de trabajo y de la vida personal y que se posiciona claramente contra el autoritarismo social en todas sus formas, en las relaciones de dominación que se dan en la realidad y que reafirma la orientación profundamente reformista del sindicato desde los lugares de producción, el territorio o la propia metodología de gobierno de las relaciones laborales. Un discurso por tanto que sea capaz de movilizar y de convencer a la gran mayoría de los trabajadores.
Eso implica ciertamente, en nuestra área cultural más próxima, una concepción del derecho del trabajo, del modelo social europeo, que se reinventa desde una cultura neolaboralista en un contexto de un trabajo que ha cambiado y en el que se proyectan diferentes identidades colectivas de género, de raza, de edad, pero que pueden converger en un objetivo de amplias igualdades generales, Y significa también una nueva consideración del Estado social y de su contenido prestacional, de la acción de cobertura de necesidades sociales viejas y nuevas y sobre su organización política en términos tanto de autonomías territoriales – federalismo social – como de la participación ciudadana y sindical.
FILMS ESCOGIDOS:
1. La gran crisis por excelencia: El crack de 1929. Danzad , Danzad malditos (They shoot horses, don’t they?) de Sidney Pollack , USA, (1969).
2. Crisis y sistema económico capitalista: Capitalismo, una historia de amor , de Michel Moore , USA, (2009).
3. El modelo neoliberal como salida a la crisis: Memoria del saqueo de Fernando (Pino) Solanas, Aregentina, (2004)
4. Crisis y reconversión industrial: Tocando al viento (Brassed off), de Mark Herman , Gran Bretaña, (1996)
5. Crisis y despidos colectivos: Recursos Humanos , de Laurent Cantet , Francia, (1999)
6. La situación del paro más alla del desempleo: Los lunes al sol, de Fernando Leon de Aranoa España, (2002)
7. Concurrencia entre trabajadores y empleo: Arcadia, de Constantin Costa-Gavras Francia, (2005)
8. Despido y outplacement. El libre desistimiento: Up on the air, de Jason Reitman , USA,(2009)
2 comentarios:
Querido Simón, ¿conoces la magistral obra de Ermanno Olmi titulada El empleo? Canela fina.
Por si puede ayudar al autor del blog, la película a la que se refiere el anterior comentarista es el film de Olmi que rodó en 1961de forma casi artesanal, y que en versión original italiana se llama Il posto.
Es muy difícil de conseguir en DVD, me parece.
Saludos a Parapanda
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