Un libro muy interesante es el publicado en la colección Politopías de la editorial Marcial Pons que dirige el profesor de Derecho Constitucional Jose Maria Ordoñez Robina. El autor del libro es Robin P. Malloy y su título Derecho y Economía de mercado, y está publicado en el año 2007 (cuesta 25 €). Se trata de analizar en términos de significación semiótico las categorías del derecho y del mercado, es decir, esbozar una teoría del intercambio y sustitución continuos que dan lugar a una (re)creación permanente de significados y de valores y que se puede proyectar tanto sobre el mercado como sobre la regulación jurídica. Es una perspectiva original que ha animado una sesión de trabajo del Colectivo Harnecker bis de la ciudad de Parapanda, fotografiado tras el animado debate que se produjo al comentar algunos elementos clave del libro que, a su juicio, es de gran ayuda para desmontar la supuesta objetividad de leyes económicas y su no menos convencional repercusión forzada sobre las formas jurídicas. La responsable del Colectivo, que no quiere identificarse pero que cuya posición directiva se desprende claramente de su actitud en la fotografía que abre este post, nos sugiere la inclusión de este párrafo a su juicio muy sugerente en clave metodológica tanto para juristas del trabajo como para otros operadores sociales.
La naturaleza semiótica tanto del derecho como de la teoría del mercado indica que cada uno conlleva un proceso de interpretación. Eso significa que las conclusiones legales, las conclusiones económicas y la acción o elección humanas siempre implican un proceso de interpretación, de observación o de contacto con el mundo fenoménico (un modo de primeridad), un marco interpretativo para procesar estas observaciones y contactos (un modo de segundidad) y la formulación de conclusiones o de argumentos sobre nuestras observaciones o contactos que facilite nuestro ejercicio de elección (un modo de terceridad). Entender estos sistemas de organización social como sistemas semióticos de signos nos permite ver que están fundamentados en la experiencia y que se forman dialógicamente en las relaciones por y entre los individuos de una misma comunidad. Esto significa que cada sistema, el derecho y la teoría del mercado,es, al menos parcialmente, subjetivo, "arracional" y está conformado de forma endógena. Los juristas deben tener esto en cuenta, sobre todo cuando consideran las prescripciones en política del enfoque tradicional en derecho y en economía, porque estas conclusiones son contrarias a muchos de los presupuestos que utulizan los métodos de análisis según este enfoque tradicional.
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