lunes, 29 de diciembre de 2008

EL FUTURO NO ESTÁ DETRÁS DE NOSOTROS


Mientras que unos hablan de refundar el capitalismo, otros se interrogan sobre el fin del neoliberalismo. Política y economía están descompuestas y ese desasosiego afecta al derecho del trabajo. Las perspectivas de futuro son siempre difíciles, y el jurista tiende entonces a asumir incorrectamente las funciones del profeta o adivino. En algunos casos se expresan temores de demolición y de ruina del edificio normativo y social en que consiste el comúnmente denominado “modelo social europeo”. El tono de estas (pre)visiones de futuro es oscuro, al punto de poder hablarse, como ha hecho Umberto Romagnoli al referirse a la literatura sobre la precariedad, de un “clima de desesperación y lamentaciones”. Es cierto que para los que frecuentamos el estudio del derecho del trabajo en la actualidad resulta difícil de digerir el cambio de frecuencia del discurso político situado a partir de los años 80 del pasado siglo en la onda (neo)liberal, con la exaltación del mercado como elemento de regulación social autorreferente, la construcción de la centralidad de la imagen social del empresario como emprendedor y creador de riqueza, y la civilización del beneficio privado como único criterio de elección pública, al punto de que se puede hablar de un cierto “síndrome pesimista” entre los juristas del trabajo europeos de comienzo de siglo, que sus críticos consideran achacable a una cierta nostalgia del pasado. Sería algo así como lo que decía una gran historiadora medievalista y sindicalista de CCOO - recientemente desaparecida - Marisa Loring: “tiempo atrás, cuando éramos mas jóvenes, el futuro era más bello”.

Es seguro que al pensamiento conservador – que no sólo es patrimonio de la derecha política, como bien se sabe – le gustaría que los juristas del trabajo se instalaran en un discurso anclado para siempre en el tiempo presente. En un presente conformista que no admite modificaciones ni transformaciones en el porvenir. Un presente concebido como destino, porque todo lo que podría cambiarse del mismo ya ha sucedido, está por tanto en el pasado, a nuestra espalda.

Por el contrario, el derecho del trabajo es un constructum que sólo cobra sentido si se instala en un proceso de cambio permanente que cumple un rol de estímulo político de los principios de solidaridad, igualdad y emancipación social. Ese sentido es hoy plenamente actual y se proyecta hacia delante en iniciativas y retos a la acción del reformismo político y al proyecto de sociedad que sostiene el sindicalismo representativo europeo. Una visión democrática de la sociedad que se basa en el respeto y ampliación de los derechos de los trabajadores y la limitación de la riqueza y del poder económico sobre la base de una nivelación de las desigualdades en la sociedad. Los últimos acontecimientos a partir del verano del 2008 que han puesto de manifiesto las dosis de irracionalidad y de engaño en los mecanismos de financiarización de la economía no hacen sino confirmar este modo de ver los procesos sociales. Todo – de nuevo – comienza hoy.

sábado, 13 de diciembre de 2008

SEMIOLOGIA DEL DERECHO Y DEL MERCADO


Un libro muy interesante es el publicado en la colección Politopías de la editorial Marcial Pons que dirige el profesor de Derecho Constitucional Jose Maria Ordoñez Robina. El autor del libro es Robin P. Malloy y su título Derecho y Economía de mercado, y está publicado en el año 2007 (cuesta 25 €). Se trata de analizar en términos de significación semiótico las categorías del derecho y del mercado, es decir, esbozar una teoría del intercambio y sustitución continuos que dan lugar a una (re)creación permanente de significados y de valores y que se puede proyectar tanto sobre el mercado como sobre la regulación jurídica. Es una perspectiva original que ha animado una sesión de trabajo del Colectivo Harnecker bis de la ciudad de Parapanda, fotografiado tras el animado debate que se produjo al comentar algunos elementos clave del libro que, a su juicio, es de gran ayuda para desmontar la supuesta objetividad de leyes económicas y su no menos convencional repercusión forzada sobre las formas jurídicas. La responsable del Colectivo, que no quiere identificarse pero que cuya posición directiva se desprende claramente de su actitud en la fotografía que abre este post, nos sugiere la inclusión de este párrafo a su juicio muy sugerente en clave metodológica tanto para juristas del trabajo como para otros operadores sociales.
La naturaleza semiótica tanto del derecho como de la teoría del mercado indica que cada uno conlleva un proceso de interpretación. Eso significa que las conclusiones legales, las conclusiones económicas y la acción o elección humanas siempre implican un proceso de interpretación, de observación o de contacto con el mundo fenoménico (un modo de primeridad), un marco interpretativo para procesar estas observaciones y contactos (un modo de segundidad) y la formulación de conclusiones o de argumentos sobre nuestras observaciones o contactos que facilite nuestro ejercicio de elección (un modo de terceridad). Entender estos sistemas de organización social como sistemas semióticos de signos nos permite ver que están fundamentados en la experiencia y que se forman dialógicamente en las relaciones por y entre los individuos de una misma comunidad. Esto significa que cada sistema, el derecho y la teoría del mercado,es, al menos parcialmente, subjetivo, "arracional" y está conformado de forma endógena. Los juristas deben tener esto en cuenta, sobre todo cuando consideran las prescripciones en política del enfoque tradicional en derecho y en economía, porque estas conclusiones son contrarias a muchos de los presupuestos que utulizan los métodos de análisis según este enfoque tradicional.

domingo, 30 de noviembre de 2008

EL OFICIO DE JURISTA (UN ARTICULO DE ROMAGNOLI)

El número 43 de la Revista de Derecho Social, correspondiente a septiembre de 2008, publica un luminoso ensayo de Umberto Romagnoli que lleva por título El oficio del jurista y que supone un apasionante recorrido por el sentido y la función del jurista del trabajo en estos tiempos de crisis ideológica y política de la izquierda y de sus ideales emancipatorios.
El estudio comienza así: "Muchísimos juristas, incluidos los del trabajo, que gustan de autorrepresentarse como técnicos imparciales, poseedores de un saber especializado de por sí neutral, guardianes intransigentes de verdades absolutas, consideran una ofensa oír decir que su actividad profesional es encubiertamente política. En efecto, reaccionan con el tono escandalizado de las heroínas de las novelas populares que ven mancillada su castidad".
Y finaliza con estas apasionantes reflexiones: "También los valores constitutivos y los principios ordenadores de la colectividad nacional de los que se reclama el derecho del trabajo pueden perder, como sucede por lo demás a las propias instituciones, la base de legitimidad sustancial necesaria para pretender su respeto. Ninguna sacralidad les domina: su historicidad les ha hecho laicos. Justo por ello, ni la adhesión ni la aversión de la que son objeto representan una violación del estatuto profesional del jurista. Que este último exija equidistancia, neutralidad, imparcialidad, es una leyenda urbana. Por otra parte, no es necesario ser un jurista despabilado para darse cuenta que la cultura jurídica es capaz de redefinir significado y alcance de específicas y puntuales determinaciones de derecho positivo en la amplia medida en la que prevalece una interpretación que las adecua o por el contrario las petrifica, pero igualmente manipuladoras ambas. Con ello no se quiere ciertamente insinuar que interpretar equivale a falsificar. Más bien se quiere sostener que el resultado final de la interpretación está filtrado por la cultura del intérprete entendida en una acepción lo más amplia posible; que la interpretación creativa o evolutiva es un recurso del que no puede prescindirse – especialmente en presencia de un vacío regulativo, como ha pasado en Italia en materia de conflicto colectivo – y que su valor depende de decisiones específicas de naturaleza pre y extrajurídica: dentro, naturalmente, de los vínculos de sistema de cuyo respeto cada intérprete es responsable y que él mismo ha precisado con la honestidad y la profundidad de pensamiento de la que es capaz. De hecho, “la interpretación es creación del derecho controlada, motivada, defendible” y por eso el jurista “se contiene en formular soluciones cuando el ordenamiento no apoya sus tesis”.

No es que los juristas no sepan todo esto. Solo que no tienen costumbre de decirlo. Más aún, la mayoría prefiere decir lo contrario. Y ahí se equivocan. Su comportamiento es el indicio mas incontestable de que no poseen una concepción crítica de la democracia, del derecho como de la economía y no se reconocen en el retrato dibujado por Federico Caffè: “los ideales constituyen un componente que no se puede eliminar de la personalidad del estudioso y su necesario esfuerzo de objetividad consiste en declararlos de modo explícito, en vez de introducirlos de modo subrepticio o reprimirlos”.

Realmente Romagnoli encuentra siempre las palabras precisas para hacernos pensar críticamente.


lunes, 17 de noviembre de 2008

HECHOS SORPRENDENTES, CASI INCREIBLES


"Desde 1848 ha tenido lugar en todos los paises más avanzados un desarrollo inaudito de la industria y una expansión ni siquiera soñada de las exportaciones y las importaciones. En todos ellos, "el aumento de la riqueza y el poder, restringido exclusivamente a las clases poseedoras", ha sido en realidad "embriagador". En todos ellos, lo mismo que en Inglaterra, una pequeña minoría de la clase trabajadora ha obtenido cierto aumento de su salario real, pero para la mayoría de los trabajadores el aumento nominal de los salarios no representa un aumento real de bienestar, ni más ni menos que el aumento del coste de mantenimiento de los internados en el asilo para pobres o en el orfelinato de Londres. Por todas partes, la gran masa de las clases laboriosas descendía cada vez más bajo, en la misma proporción, por lo menos, en que los que están por encima de ella subían más alto en la escala social. En todos los países de Europa -y esto ha llegado a ser actualmente una verdad incontestable para todo entendimiento no enturbiado por los prejuicios y negada tan sólo por aquellos cuyo interés consiste en adormecer a los demás con falsas esperanzas- ni el perfeccionamiento de las máquinas, ni la aplicación de la ciencia a la producción, ni el mejoramiento de los medios de comunicación, ni las nuevas colonias, ni la emigración, ni la creación de nuevos mercados, ni el libre cambio, ni todas esas cosas juntas están en condiciones de suprimir la miseria de las clases laboriosas; al contrario, mientras exista la base falsa de hoy, cada nuevo desarrollo de las fuerzas productivas del trabajo ahondará necesariamente los contrastes sociales y agudizará cada día más los antagonismos sociales. Durante esta embriagadora época de progreso económico, la muerte por inanición se ha elevado a la categoría de una institución en la capital del Imperio británico. Esta época está marcada en los anales del mundo por la repetición cada vez más frecuente, por la extensión cada vez mayor y por los efectos cada vez más mortíferos de esa plaga de la sociedad que se llama crisis comercial e industrial"

Karl Marx, Manifiesto inaugural de la Asociación Internacional de los Trabajadores, escrito en Londres entre el 21 y el 27 de octubre de 1864.

viernes, 14 de noviembre de 2008

PRIVADO Y PUBLICO EN LA UNIVERSIDAD: LA OPINIÓN DE TARSO GENRO

Una opinión de Tarso Genro, ex ministro de educación del gobierno brasileño (actualmente ministro de justicia), sobre la universidad, que resulta muy interesante en estos tiempos en los que se debate, dentro y fuera de España, sobre la definición de las funciones de la Universidad y su capacidad para transmitir saberes y conocimientos:

"No estoy de acuerdo con un sentido privatista de conectar la universidad con el movimiento del mercado. Al contrario, la Universidad tiene que ser una estructura de intervención sobre el mercado, debe incidir sobre el mercado en el sentido de, a través de su capacidad de producir conocimiento, socializar la inteligencia y ordenar el mercado según fines sociales mínimos. ¿Cuál es la gran divergencia que existe en lo que se refiere a esta cuestión del mercado? Se trata de saber si la Universidad va a ser un reflejo del movimiento del mercado o si la Universidad va a ser un instrumento de regulación social que es capaz de incidir sobre el mercado. Un ejemplo concreto a propósito de la investigación hecha por la Universidad y si ésta puede ser apropiada de forma unilateral por una empresa. En mi opinión esta utilización excliusiva y excluyente por una empresa no es correcta. La investigación de la Universidad, las conquistas de la inteligencia colectiva de la universidad tienen que ser públicas, tienen que ser socializadas y es eso lo que da sentido público a la universidad. Este es el debate fundamental que debe emprender cualquier reforma que se pretenda hacer".

domingo, 9 de noviembre de 2008

CONTRA EL DESMANTELAMIENTO DE LA ENSEÑANZA PÚBLICA, AUTORREFORMA DE LA UNIVERSIDAD (ITALIA)


La movilización estudiantil en Italia contra la Ley Gelmini es impresionante. La huelga en la esneñanza el 30 de octubre paralizó absolutamente la enseñanza pública en todos sus niveles y culminó en inmensas manifestaciones por todo el país. Antonio Loffredo, visitante asiduo de otros blogs, nos envía un comentario reciente aparecido en Il Manifesto del 8 de noviembre, obra de un profesor romano de filosofía del derecho, Francesco Raparelli.
A partir de la histórica movilización del 30 de octubre en las Universidades Italianas contra la norma que procede a recortar drásticamente los fondos de las universidades públicas, ha surgido una llamada a las fuerzas sindicales, de base y confederales, para dar vida y construir juntos una gran huelga general que pueda paralizar el país e imponer otra agenda respecto de las políticas sociales. La ofensiva que este gobierno (Berlusconi, no Esperanza Aguirre, n. del t.) está realizando sobre las instituciones del Estado de Bienestar nos sitúa frente a una encrucijada definitiva: aceptar la desactivación de las garantías públicas, reconquistar democráticamente el Estado de Bienestar, transformar esta reconquista en un gran reto de una política nueva. Y es justamente la democratización de la investigación y de la formación en general lo que constituye el núcleo duro de este movimiento. Por eso se habla de autorreforma de la universidad, una consigna que recorre las movilizaciones, y se inserta forzosamente en todos los debates que se celebran en las asambleas de las Facultades y Escuelas. No sólo bloquear la ciudad como un nuevo instrumento de huelga, sino tambien la propuesta de construir una alternativa concreta, una gran potencia autonormativa de los estudiantes y de los investigadores con contratos precarios. En la manifestación convocada para el día 14 de noviembre, durante las asambleas que se desarrollarán los dias sucesivos, 15 y 16 de noviembre, los temas serán estos dos: huelga general de una parte, autorreforma de la universidad por otro. Al mismo tiempo, y como elemento de fondo, la articulación del slogan que no cesa de recorrer todo el país: “nosotros no pagaremos la crisis”.

viernes, 31 de octubre de 2008

DERECHO DEL TRABAJO Y LEGISLACIÓN DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA.

Recientemente se ha publicado el libro de Adoración Guamán sobre la relación entre la competencia del mercado y la regulación de los derechos de los trabajadores. Publicado en la
Editorial Aranzadi / Thompson, Cizur Menor, 2008, con una extensión de 244 pags, la
Revista de Derecho Social nº 43 ha realizado la recensión que se incorpora a continuación. En la foto, la autora posa con el primo manchego de Simó Muntaner, el Doctor Prieto Juárez.

Libertad de empresa, mercado y competencia son hoy nociones fuertes que se imponen como referentes dominantes de cualquier sistema jurídico. En el proceso de exaltación del denominado libre mercado que ha venido produciéndose a partir del último cuarto del siglo pasado hasta la actualidad – y aunque los últimos acontecimientos mundiales señalen cuánto hay de mistificación en la libertad de mercado y en el riesgo de empresa – se rescataba una vieja posición liberal que entendía necesaria una defensa de la competencia libre entre consumidores, compradores y usuarios, frente a cualquier intervención, pública o privada, que la obstaculizara o la restringiera. En este sentido, la construcción de los espacios económicos integrados en el plano supranacional exigía una actitud especialmente vigilante frente a actuaciones proteccionistas de los Estados que impidieran con su acción la extensión de los efectos de la libre competencia dentro de sus fronteras nacionales. Lo que podría considerarse un principio actuante en el plano estrictamente mercantil, se ha trasladado no obstante al plano de la regulación del trabajo y a los derechos sociales. Los juristas del trabajo constatan este desplazamiento como un retorno a los orígenes, cuando el derecho laboral se emancipó del derecho civil y de sus reglas de la contratación formalmente libre y autónoma para poner límites a la acción del mercado y eximirse de la libre concurrencia que éste llevaba consigo en la determinación del salario y de las condiciones de trabajo. Pese a que durante años se ha considerado que los derechos sociales no podían ser interferidos en su ejercicio por las libertades económicas del mercado, esta situación de inmunidad relativa se ha perdido y existen importantes señales de ello en la última emanación jurisprudencial del Tribunal de Justicia europeo. “El espacio europeo – dirá Antoine Lyon-Caen, uno de los prologuistas de la obra comentada – se encuentra particularmente animado”, y ello porque “el derecho del mercado dispone de una autoridad particular”, se beneficia de la primacía asegurada al derecho de la Unión sobre el de los Estados miembros; “en su confrontación con el derecho de la competencia europeo, el derecho del trabajo parte por tanto con una cierta desventaja”.

De este tema habla el libro de Adoración Guamán. Se trata de una tesis doctoral realizada en régimen de cotutela entre la Universidad de Valencia y la Universidad de Paris - Nanterre, bajo una doble dirección que se manifiesta en un prólogo doble, del profesor francés citado y de José Maria Goerlich por parte valenciana. El libro plantea con originalidad ese encuentro desigual entre derecho del trabajo y defensa de la competencia fundamentalmente a partir de la negociación colectiva, y por ello, con profundidad histórica, abre sus páginas con el examen de la jurisprudencia norteamericana sobre el derecho antitrust y la actividad sindical, que suministra un inquietante ejemplo de la “amenaza permanente” que aquél puede ejercer sobre la negociación colectiva y las medidas de conflicto colectivo, como señala Goerlich.

El libro se estructura así en dos grandes partes. En la primera se analiza la relación que se va constituyendo en la Unión Europea entre el derecho de la competencia y el derecho del trabajo de los estados miembros, en la que es de gran interés el análisis que la autora realiza de la jurisprudencia Albany y la exención de la negociación colectiva, en función de la naturaleza del acuerdo, de las restricciones prohibidas a la competencia en el marco del mercado unificado. En la segunda parte el objetivo se sitúa en el espacio nacional – estatal, examinándose el ejemplo francés y las manifestaciones del principio de libre concurrencia en las relaciones individuales y colectivas en España. Este último punto es el que tiene mayor interés y originalidad, es decir, la crítica a las decisiones de la autoridad administrativa que aplica la Ley de Defensa de la Competencia a los convenios colectivos. Las líneas de inserción conflictiva de la negociación colectiva con la competencia empresarial adelantan por cierto algunos de los límites que los difuminados Acuerdos de interés Profesional de la LETA deben respetar por ministerio de la ley.

La obra está bien escrita y traslada correctamente la tensión entre el mercado y su libertad de empresa y la nivelación de la desigualdad que éste genera a través de la acción colectiva y sindical. Se mantiene siempre en un tono crítico que no impide la labor didáctica que se propone de explicar, de la forma más completa posible, las múltiples aristas que esta oposición de contrarios genera en las distintas esferas regulativas abordadas, la comunitaria y la nacional-estatal.



lunes, 20 de octubre de 2008

MULTITUD Y CLASE OBRERA (PAOLO VIRNO)


Como se sabe, el muy activo Colectivo Bullejos de la ciudad de Parapanda - en la foto aparecen dos de sus mas conspicuos orientadores - está siempre abierto a reflexiones espinosas sobre la conformación de la clase obrera y sus prácticas sociales, lo que le lleva en ocasiones a acudir a tormentosos análisis del post-leninismo y otros vectores principalmente negrianos. De esta manera, la lectura de las conferencias que Paolo Virno dió en la Universidad de Calabira en 2001, publicadas al año siguiente en italiano, han sido traducidas por Christian Ferrer y Adriana Gómez, en la editorial Colihue, de Buenos Aires, Argentina, en el 2003, con el título Gramática de la multitud, y algunas partes de este texto han sido comentadas y discutidas en un seminario organizado en el Ateneo de Parapanda. A ese libro corresponde el párrafo que a continuación se transcribe:
"Quisiera terminar disipando, todo lo que sea posible, un equívoco en el que es fácil caer. Puede parecer que el advenimiento de la multitud señala el fin de la clase obrera. Puede parece que en el universo de los "muchos" ya no hay lugar para los del mono azul, para los "iguales" que forman un "cuerpo" poco sensible al caleidoscopio de las diferencias. Este es un error torpe que le viene pintiparado a quien quiere simplificar la cuestión o quien dice frases con efecto. La clase obrera no coincide, ni en Marx ni en la opinión de cualquier persona seria, con ciertos hábitos, ciertos usos y costumbres..."Clase obrera" es un concepto teórico, no una foto de recuerdo: remite al sujeto que produce plusvalor absoluto o relativo. Pues bien la clase obrera contemporánea, el trabajo vivo subordinado, su cooperación cognitivo-lingüística, tiene los rasgos de la multitud antes que los del pueblo. Ya no tiene la vocación "popular" por la estatalidad. Es decir, la noción de multitud no pone en crisis el concepto de clase obrera porque este último no está ligado por definición al de "pueblo". Ser multitud no impide, de hecho, producir plusvalor. Es cierto que si la clase obrera ya no responde al modo de ser del pueblo sino más bien al de la multitud, cambian muchas cosas: mentalidad, formas de la organización y del conflicto. Todo se complica. Cuánto más fácil sería decirnos que lo que viene ahora es la multitud, que ya no habrá mas clase obrera...Pero si lo que queremos es simplicidad a toda costa, mejor nos sumergimos en una botella de vino".

domingo, 12 de octubre de 2008

UN ANALISIS DE LA SUMISIÓN DESDE LA PSICOLOGÍA SOCIAL

Una nueva editorial, La Oveja Roja, ha publicado en castellano la obra de Jean-Léon Beauvois "Tratado de la servidumbre liberal", un análisis de la sumisión desde la psicología social que ha gustado mucho en el Colectivo de Juristas Críticos de Parapanda. En la foto se puede verificar el regocijo de la Comisión de lecturas improbables al recomendar el libro.
Jean-Léon Beauvois es un psicólogo social marxista de epistemología bachelardiana. El Tratado de la servidumbre liberal se presenta como un trabajo de análisis sobre la sumisión, que arranca de la reflexión que el ilustrado La Boétie hizo en su Tratado de la servidumbre voluntaria. Tanto Žižek, en el prólogo que ha hecho para este libro, como Nicole Dubois y Robert-Vincent Joule, que presentan la obra de Beauvois y la sitúan en su contexto histórico, científico y social, lo consideran un trabajo imprescindible para conocer la realidad de nuestro tiempo.

“Nos encontramos aquí en pleno centro nervioso de la ideología liberal: la libertad de elección, basada en la idea del sujeto «psicológico» dotado de propensiones que intenta hacer realidad. Y esto es especialmente aplicable hoy, en la era de lo que sociólogos como Ulrich Beck denominan la «sociedad del riesgo», cuando la ideología dominante se esfuerza por vendernos la mismísima inseguridad causada por el desmantelamiento del Estado del bienestar como la oportunidad de alcanzar nuevas libertades: ¿tiene usted que cambiar de trabajo todos los años, dependiendo de contratos de corta duración en lugar de un puesto estable y duradero? ¿Por qué no considerarlo como una liberación de las restricciones que supone un trabajo fijo, y como una oportunidad de reinventarse una y otra vez, para captar y comprender los potenciales ocultos de su personalidad? ¿Ya no puede confiar en el plan de salud y en el plan de jubilación convencional, de modo que tiene que optar por una cobertura adicional que debe pagar? ¿Por qué no percibirlo como una oportunidad adicional de elegir: bien una mejor vida ahora o bien seguridad a largo plazo? Y si este predicamento le provoca a usted ansiedad, el ideólogo posmoderno o de la «segunda modernidad» lo acusará inmediatamente de ser incapaz de asumir una libertad plena, o de «huir de la libertad», de apegarse con inmadurez a las viejas formas estables... Aún mejor, cuando esto se inscribe en la ideología del sujeto entendido como individuo psicológico preñado de habilidades y tendencias naturales, entonces por así decirlo interpreto todos estos cambios como resultado de mi personalidad, no como resultado de que las fuerzas del mercado me arrojen de un lado a otro.
Fenómenos como éstos hacen mucho más necesario hoy el reafirmar la oposición entre la libertad «formal» y la libertad «real» en un sentido nuevo y más preciso. Lo que necesitamos hoy, en la era de la hegemonía liberal, es un traité «leninista» de la servitude liberale, una nueva versión del Traité de la servitude volontarie de La Boetie que justifique plenamente el aparente oxímoron de «totalitarismo liberal». Y esto nos lleva finalmente a Jean-Léon Beauvois, que dio el primer paso en este sentido con su precisa exploración de las paradojas que supone el otorgarle al sujeto la libertad de elegir” (del prólogo de Zizek).

lunes, 6 de octubre de 2008

LA CRISIS DEL MODELO DE LA GLOBALIZACIÓN: LA JORNADA DEL 7 DE OCTUBRE


Acaban de escribir un manifiesto para preparar la jornada del 7 de octubre, el día del trabajo decente, los secretarios generales de UGT y CCOO y el secretario general de la Confederación Sindical Internacional, Guy Rider. El texto es muy interesante, y alimentará con toda seguridad, la jornada de debate que se prepara en Albacete para el 8 de octubre y en la que participarán, entre otros, Joaquín Aparicio y Rodolfo Benito, anticipando ya en la foto su contento por el resultado del día de lucha.
"Hay señales que permiten pensar en una crisis de modelo, de un modelo basado en el predominio absoluto del mercado, sin gobierno mundial y con escasas reglas para la economía y el trabajo, y con el capital financiero especulativo y las empresas transnacionales como principales e incontrolados sujetos de la economía. (...) Cuando ahora, muchos de quienes han veniod aplaudiendo, en nombre de la libertad de mercado, los mayores desafueros especulativos, piden la intervención de los Gobiernos para salvar sus patrimonios y aceptan que en el futuro haya algunas regulaciones, los sindicatos les recordamos lo que venimos reclamando desde hace décadas: un gobierno democrático de la globalización que lleve a una sociedad mundial con normas y derechos universalmente reconocidos. Entre ellos, destacadamente, los derechos laborales y sociales que definen el trabajo decente".

martes, 23 de septiembre de 2008

ROMAGNOLI DESCRIBE LA CULTURA JURÍDICA


Umberto Romagnoli, en un interesante artículo sobre "El oficio del jurista", que publicará a primeros de octubre la Revista de Derecho Social nº 43, discurre sobre el concepto de la cultura jurídica y de los operadores jurídicos en su relación con la política. En la foto, anticipa algunas conclusiones en el Aula Pandecta Nova de la Escuela de Relaciones Laborales de Parapanda, en presencia de buenos amigos.

Por cultura jurídica debe entenderse la cultura de los juristas y en general de los operadores jurídicos, pero no sólo aquella que se alimenta de la literatura especializada y se basa en el dominio de los aparatos normativos y en la memorización de la más actualizada casuística judicial. La cultura jurídica es también el conjunto más o menos organizado conceptualmente, más o menos sedimentado y más o menos amalgamado de las ideas, incluidos los prejuicios, de las categorías de pensamiento, de los paradigmas y de las nociones que juristas – escritores y jueces utilizan en el ejercicio de su oficio para interpretar su tiempo, valorar y optar, y también posicionarse. Pertenecen todos a la familia de los intelectuales, aun en general del área jurídica.
Por consiguiente la cultura jurídica debe ser entendida como todo el patrimonio cognoscitivo de los juristas y en general de los operadores jurídicos en el cual, extrayendo de él la principal inspiración, éstos encuentran la justificación sustancial y la razón última de las decisiones interpretativas que proponen o a las que se adhieren. En un cierto sentido, cultura jurídica es una fórmula lingüística abreviada con la que se alude a una expresión profesionalizada de la conciencia social fotografiada en el momento en el que, urgida a responder a una demanda de regulación que el legislador no sabe o no puede satisfacer, habla con el lenguaje, la gramática y la sintaxis de un grupo que, aunque ha perdido el carisma del que gozaba en un tiempo, ha mantenido todos sus ritos
Muchas de estas observaciones pueden ser referidas también a la que se definiría como sub-cultura jurídica, entendiendo por tal el conjunto de las infraestructuras de la cultura de las que se habla en el texto. Es el producto de una amplia gama de actividades intelectuales relativas a las publicaciones jurídicas. Va desde la selección de las sentencias que se publican en las revistas especializadas a la extrapolación de las máximas que resumen sus motivaciones y sus fallos; a comentarios y notas de redacción que por contenido e entonación exceden de la finalidad simplemente informativa que deberían tener. Normalmente se trata de cireneos, pero su función subordinada en la cultura jurídica puede transformarse, sin que ninguno se de cuenta, en un rol más incisivo, casi directivo. Semejante a este, pero a veces más invasivo, es la función de los grandes estudios profesionales que facturan de un millón de euros para arriba. Mientras los cireneos de la sub-cultura jurídica seleccionan sentencias, aquí se seleccionan los pleitos que hay que promover y aquellos que hay que conciliar. Y esta es una actividad que no sólo implica cálculos de conveniencia económica, sino también delicadas valoraciones de política del derecho. Las decisiones que se efectúen afectan la justiciabilidad de los intereses en juego, alguno de los cuales se sustraen al debate público que genera la cultura jurídica en sentido propio. Para completar el mapa de canales que alimentan a esta última, imprimiéndole angulaciones exógenas que sin embargo terminan por caracterizarla, sería preciso además describir detalles aparentemente marginales. Como el lugar donde el oficio se desarrolla y a favor de quien. En efecto, una cosa es tener seminarios para doctorandos y otra cosa es tener la responsabilidad de un bufete o estudio jurídico de una multinacional o ser el asesor de un ministro. Una cosa es investigar en una estructura universitaria con un presupuesto de pocos euros y otra es hacerla con las subvenciones de una opulenta fundación. Todos somos productores de cultura jurídica, pero no todos tienen la posibilidad de formar la que cuenta realmente.

sábado, 13 de septiembre de 2008

SOBRE LOS TEXTOS CERRADOS E INERTES DEL PASADO


Leer textos clásicos como si ya no pudieran afectarnos, desde una escritura del pasado, textos cerrados e inertes para el que los observa. La sugerencia de Jose Maria Ripalda (Los límites de la dialéctica, Trotta, 2005, pp. 58-59) es muy diferente:
"¿Qué ocurre si el presente de Marx fuimos también nosotros, si fuimos parte de su cara oculta para él mismo? Entonces el texto no está cerrado. El Capital, no es el gran libro que, como dice Gadamer, constituye una de esas estrellas fijas de la alta cultura jalonando la existencia de la Humanidad. Habrá que rescatarlo de la institución y de su acopio cautivo de saberes (...). Injertar, hibridar sin pretender ofrecer otro texto cerrado por obra y gracia de la interpretación, sin arbitrariedad, dándole presente al texto del pasado que no lo es. Un texto, precisamente porque no está cerrado, puede dar lugar a desarrollos mas internos a él que los inmanentes (...). El tema del proletariado - los excluidos de la decisión, los que carecemos de opinión pública alternativa, de derecho público a lengua propia (tal vez se podría hacer así) - sigue en nosotros y fuera de nosotros de un modo que los textos comentados no alcanzan a contener: ningún texto puede servirnos de sustituto al presente que nosotros tenemos que darle y darnos precariamente".

domingo, 7 de septiembre de 2008

UNA NUEVA NARRATIVA JURÍDICA PROLABORISTA


Estos dos profesores, Pérez Rey y Baylos, que preparan un libro para la primavera, parten de algunas reflexiones sobre la necesidad de reivindicar un narrativismo jurídico prolaborista que se contraste con las tendencias dominantes en la producción de teoría iuslaboralista en España. En la foto, ambos amigos se reencuentran tras el verano en el Ateneo Cultural de Parapanda.
Es necesario partir de una nueva resignificación del discurso teórico político que oriente la producción doctrinal del iuslaboralismo. Es decir, trabajar en un nuevo discurso, una nueva narrativa que se aparte de – y se confronte a – “la gran narración” del neoliberalismo y de la democracia de mercado (como señala A. CANTARO, Il secolo lungo. Lavoro e diritti sociali nella storia europea, Ediesse, Roma, 2006), , la más extendida, dominante o hegemónica en la era de la globalización concebida como un destino, y que se presenta como la visión de fondo, no necesariamente explicitada, que orienta los estudios jurídicos sobre la regulación de las relaciones laborales. Se requiere extender y difundir un discurso “neolaborista” que desmitifique la idílica representación globalista sobre el presente y el futuro de los trabajadores.

Es decir inscribir nuestro trabajo en la ambivalente relatividad - ¿relativismo? - de un discurso que quiere poner de relieve una argumentación verosímil – renunciando a una objetividad científica axiológicamente neutra – en donde nuestra observación está cargada de teoría (es observación participante en el sentido que señala la sociología) y se relaciona con un sistema de opinión política de la que formamos parte. Si “los juristas inventan lo real” (como señala B. . EDELMAN, Les juristes et l’invention du réel, Paris, 2007), debemos partir de explicar la realidad desde la perspectiva de los derechos de los trabajadores. Esta es la otra mirada de la que hablamos, el punto focal a través del cual ver la regulación jurídica del trabajo asalariado. Lo que está conectado además con una reivindicación democrática del derecho al trabajo como derecho – clave de participación político-democrática y de cohesión social, una “declinación” del derecho al trabajo (CANTARO) en el sentido de nuestro art. 9.2 CE.

viernes, 18 de julio de 2008

"EL AGUJERO DE LA SEGURIDAD SOCIAL". UN LIBRO SOBRE UN MITO

Si se creyera a los medios de comunicación y a los influyentes creadores de opinión política, la Seguridad Social tendría una propensión "natural" al déficit y estaría amenazada constantemente por hallarse en quiebra técnica. El aumento de los gastos derivados del envejecimiento de la población y de la pérdida de autonomía personal, unido a la persistencia de la crisis y los fracasos en la creación de empleo habrían obligado al sistema de la Seguridad Social a una reforma permanente en una única dirección: restricción de los gastos sociales, endurecimiento de los requisitos de acceso a las prestaciones, reforzamiento de los caracteres contributivos del sistema, junto con elementos de privatización de la asistencia y de la gestión. El investigador del CNRS, Julien Duval, denuncia en un libro directo y claro que no hay tal "agujero" en el sistema, sino una "necesidad de financiación" de la seguridad social que los gobiernos europeos han decidido no satisfacer, debilitando la protección social en su conjunto. Bajo la apariencia de la apoliticidad, los análisis técnicos ocultan opciones políticas precisas claramente hostiles al Estado Social. Las transformaciones actuales de la protección social son una faceta más de la historia política reciente marcada, a escala internacional en Europa, por un abandono progresivo de los principios fundamentales de la democracia social de los que la Seguridad Social era una de sus encarnaciones más relevantes. El debilitamiento del sistema no es un efecto ineludible de base técnica, sino que denota una elección política precisa que acentúa la desigualdad social, exonera al capital de los costes de su acción económica y social y castiga y asistencializa la existencia de las clases subalternas.
(Julien Duval, Le mythe du "trou de la Sécu", Éditions Raisons d'Agir, Paris, agosto 2007, 135 pags. La página http://www.raisonsdagir-editions.org/ resulta útil para localizar el libro). En la foto que abre esta entrada, Joaquín Aparicio está consultando el libro recomendado reflexionando críticamente sobre los últimos mitos falsificadores de la realidad social y de las respuestas políticas adecuadas, como el discurso sobre "los tres pilares" de la protección social europea. A su lado, como puede observarse, los trabajadores dormitan, pero sólo de forma temporal, en la plaza de la Città ideale, en pleno corazón de Parapanda.

sábado, 5 de julio de 2008

CONTRACTUALISMO, AUTONOMIA INDIVIDUAL Y AUTODETERMINACIÓN EN EL DERECHO DEL TRABAJO

Dice Nunzia Castelli en su tesis, defendida brillantemente el 1 de julio de este año, tal como atestigua la fotografía: " Velada tras el discurso neo-contractualista se insinúa la crítica a un derecho del trabajo que, en el intento de asegurar la igualdad material, ha terminado por desconocer y obstaculizar la realización de otro valor ahora considerado predominante: el de la libertad (también entendido como libertad de mantener y preservar la propia diferencia). La necesidad de restablecer la centralidad de un principio de libertad legitimaría la reconsideración de la igualdad bajo una óptica no necesariamente sustancial. Pero, ¿de qué libertad estamos hablando? De una libertad que vuelve a medirse en y para el mercado. Una libertad que se pretende recuperar a través de las distorsiones del mercado y de la competencia generadas como efecto de anónimas asimetrías informativas: una libertad que se evalúa en un plano meramente formal y abstracto. Pero si algo nos ha enseñado la convulsa historia del Derecho del trabajo es, como alguien ya puso de manifiesto hace tiempo, que de libertad y autonomía se puede hablar sólo una vez restablecidas auténticas y materiales condiciones de igualdad sustancial porque en definitiva, también la libertad y la igualdad son conceptos relacionales que se construyen a partir de la coparticipación y la solidaridad colectiva.
La contraposición entre igualdad y libertad es por tanto una contraposición falseada e instrumental a la afirmación de una determinada opción ideológica: la recuperación de más amplios márgenes de libertad de mercado. La verdadera y permanente contraposición que caracteriza nuestras sociedades no se juega en el plano igualdad versus libertad. Se refiere por contra a la dificultad de asegurar barreras de protección eficaces para los derechos fundamentales de la persona que trabaja frente a la tendencia estructural a la cosificación y a la mercantilización ínsita en el sistema de organización social y económica en el que el contrato sigue siendo instrumento privilegiado de preservación.
Si es verdad que las técnicas normativas están sometidas a condicionamientos históricos como lo están el resto de las parcelas de la formación social, la recuperación de la perspectiva civilista - y de la racionalidad formal que la acompaña - parece olvidarse que el del trabajo o es un "derecho a la medida del hombre" o simplemente no es. La crisis de los paradigmas del positivismo tradicional, junto a una imagen del derecho históricamente contingente pone radicalmente en cuestión la cientificidad del trabajo del jurista, por lo que la vuelta al formalismo implica una renuncia a la construcción de una metodología del Derecho del Trabajo autónoma y a la altura de la fundamental función social que éste desempeña".

domingo, 29 de junio de 2008

TEXTO CHINO: TUTELA JUDICIAL Y GARANTÍA DE DERECHOS


Aurelio Desdentado, lector ávido y curioso, me hace llegar un texto del Emperador chino K'ang Hsi, que reinó en el Imperio Medio en el siglo XVII.
El texto dice así: "Los procesos tenderían a multiplicarse de manera espantosa si las personas no tuvieran temor en ir ante los tribunales y si tuvieran confianza en encontrarse con una justicia fácilmente accesible y perfecta. Puesto que el hombre está expuesto a hacerse ilusiones sobre lo que es bueno para él, las apelaciones entonces no tendrían fin y la mitad de los súbditos de nuestro imperio no bastarían para zanjar los litigios de la otra mitad. En consecuencia deseo que aquellos que se dirigen a los tribunales sean tratados sin piedad alguna, de manera tal que se decepcionen del Derecho y que tiemblen ante la idea de comparecer ante un magistrado".
¿Hay un rastro de ese pensamiento en prácticas procesales de hoy en nuestro país? ¿Cuántos de nuestros magistrados interpretan la tutela judicial efectiva como si hubieran leído el texto del emperador chino? ¿En cuántos órdenes jurisdiccionales se trata sin piedad alguna al justiciable? ¿A cuantos ciudadanos les ha decepcionado del Derecho el acceso a la justicia tal como se practica hoy en día en nuestro sistema judicial?. Sobre estos interrogantes discuten animadamente en el Centro de Amistad con China Lin Piao de la ciudad de Parapanda los tres cofrades retratados en la foto mientras sonaban a lo largo de la ciudad las inmortales trompetas de la fama.

martes, 17 de junio de 2008

CLASES SOCIALES Y CIUDADANÍA SOCIAL

“Cabe destacar la importante distinción entre ciudadanía formal y material o sustantiva. Mientras que la primera implica la pertenencia a un Estado-nación, la segunda, según el concepto de Marshall, consistiría en un conjunto de derechos civiles, políticos y especialmente sociales, que implica una forma de participación en los asuntos públicos y en el gobierno. La ciudadanía formal no es condición suficiente ni necesaria para la ciudadanía sustantiva, como se aprecia claramente en el hecho de que perteneciendo formalmente a un Estado, se puede estar excluido (legalmente o de hecho) de ciertos derechos políticos, civiles o sociales, o de la participación efectiva en asuntos de gobierno relativos a los más variados aspectos de la vida social (….). El desarrollo de la ciudadanía sustantiva o material (por oposición a formal) como un cuerpo creciente de derechos civiles, políticos y sociales necesita una explicación y una descripción porque no basta con concebir el proceso en términos abstractos o teleológicos como si se tratara de un hecho inmanente al auge del capitalismo moderno. Hubo grupos sociales muy concretos que lucharon por ampliar o restringir tales derechos, y las clases sociales tuvieron una participación trascendental en el conflicto. Marshall reconocía la existencia de un elemento conflictivo, pero lo expresaba como choque entre principios opuestos, no entre clases, ya que su análisis de estas últimas, como él mismo reconocía, se ocupaba del influjo ejercido sobre ellas por el fenómeno de la ciudadanía, no de cómo el propio desarrollo histórico de las clases había producido nuevos conceptos de ciudadanía y movimientos de expansión de los derechos civiles. Pero el influjo de la clase en la ciudadanía es inconfundible. (…) En todo caso, deberemos decir con Marshall que siempre ha existido alguna forma de conflicto entre la ciudadanía y el sistema capitalista de clases, entre el mercado y la satisfacción de las necesidades mediante la política del bienestar.”

Tom Bottomore, Ciudadanía y clase social, cuarenta años después, 1992, comentario a la obra de T.H. Marshall, Ciudadanía y clase social, 1950)
En la foto, Gianibelli, Aparicio y Collado, reflexionan, en el contexto de un seminario celebrado en el Círculo Anton Menger de Parapanda, sobre la construcción de la ciudadanía a través de la clase social.

martes, 3 de junio de 2008

FORMA SOCIAL, PROCESO DE PRODUCCIÓN

"La producción es un modo de relación entre sujetos de una determinada sociedad, los cuales se identifican con y participan de los procesos sociales a través de su posición en la producción. La forma de organización de la producción incide inevitablemente, no sólo en la ordenación de las relaciones laborales, sino principalmente en la configuración de la formación social. La producción no produce sólo un objeto para el sujeto, sino que produce un sujeto para el objeto. De este modo, la producción proporciona la materia objeto de consumo y determina el modo de consumo mismo haciendo nacer en el consumidor la necesidad de productos que al principio se presentan como simples objetos. Estas fases se retroalimentan mutuamente sin poder llegar a distinguir nítidamente una de otra. Lo que referido a la incidencia de la producción sobre las condiciones de vida y de trabajo confirma esta inextricable relación entre proceso de producción y ordenación de las relaciones de trabajo como manifestación de la configuración de una sociedad"
Son reflexiones que realiza Paco Trillo, profesor de Derecho del Trabajo de la UCLM en Ciudad Real, al comienzo de su tesis doctoral, leída en Albacete en diciembre de 2007 con las máximas calificaciones académicas. En la foto el joven doctor en leyes parece continuar su reflexión entre los claroscuros del fetichismo de las mercancías.

jueves, 29 de mayo de 2008

EL PRESENTE, LA HISTORIA, LA PRUDENCIA


Guillermo Gianibelli - con gafas en la imagen - me hace conocer a José Luis Romero, historiador argentino cuya obra El ciclo de la revolución contemporánea ha publicado FCE en la colección que festeja los 70 años de esa editorial (FCE, México, 2006). Del libro, algo sobre el presente, la historia, la prudencia:
"Sin duda alguna sería posible dibujar del presente un cuadro siniestro y cargado de sombras agoreras; pero no sería mucho mas difícil trazarlo igualmente sombrío de cualquier época de la historia si eligiéramos deliberadamente cierto punto de vista(...). Porque sólo sustrayéndose a la claridad que ofrece una perspectiva histórica de nuestro tiempo es posible juzgar como mera descomposición y podredumbre lo que se manifiesta como una oscura génesis si lo consideramos encadenado a su pasado y a su futuro (...). Acaso quepa por eso un pesimismo personal en quien no busca ni espera otra cosa que la realización de su propia individualidad; pero aun así apenas puedo imaginar que subsista esta actitud tras una comprensión histórica del presente (...). Es sin embargo grave la prudencia exagerada. Hay que reconsiderar tantos juicios y decidir tantas formas nuevas de acción, que mantenerse silencioso y equívoco constituye una deserción culpable. Esa prudencia se parece demasiado al miedo. Es preferible hablar y manifestar hasta el fondo el pensamiento, aun errando, porque sólo de esa manera podrá llegarse a una necesaria aclaración del panorama circundante. Tenemos por delante una nueva experiencia histórica y es una exagerada vanidad evitar la palabra para evitar el error".

viernes, 23 de mayo de 2008

VENEZUELA DESDE UN E-MAIL


Dice Gerardo Pisarello en un e-mail privado: "Te decía que anduve por la Venezuela profunda en un encuentro de Comités de Tierras Urbanas. Muy interesante. Gentes de barrios populares luchando por un espacio de autogestión contra la derecha tradicional y contra los burócratas que pululan en el entorno chavista. El socialismo visto "desde abajo" no siempre coincide con el que se trata de construir desde las alturas ¿Qué diría el viejo Korsch si en lugar de consejos de fábricas se encontrara con consejos comunales de pobres urbanos que trabajan y producen precariamente en un mercado informalizado? ¿Qué papel atribuiría a esas multitudes que son evangélicas, que creen en Chavez, en el Che y en un Jesús con túnica fosforescente que pegan en los modestos cristales de un lavabo o una cocina desvencijados? Complicado".

Es una realidad la que narra Pisarello que cuestiona la capacidad de observación y de crítica política de los procesos sociales que se están desarrollando en Venezuela por parte de los europeos. O mejor de un tipo de observadores europeos reformistas, laicos y desconfiados ante un liderazgo carismático apoyado en una red de organizaciones de sectores sociales sin la mediación de un sujeto político colectivo que fundamente el poder popular y encauce el espontaneismo de los movimientos que lo recorren. Es una aproximación que interpela también al consejismo como forma idónea principalmente para administrar la vida y las necesidades de la población y no tanto como fórmula para organizar la producción de manera creativa y no alienada, expropiando el poder empresarial para sustituirlo por el poder de los trabajadores.

(En la foto, el destinatario y el emisor del e-mail sobre Venezuela)

lunes, 12 de mayo de 2008

PROCESOS HISTÓRICOS Y CONTROL SOCIAL

"Cuando se piensa en la desintegración del socialismo de estado hace veinte años, no se debería olvidar que, casi en el mismo momento, la ideología del Estado del Bienestar socialdemócrata occidental recibió también un golpe muy fuerte. Cesó de funcionar como el imaginario capaz de suscitar una adhesión colectiva apasionada. La noción de que "el tiempo del Estado del Bienestar ha pasado" forma parte hoy de la creencia popular. Y sin embargo lo que estas dos ideologías compartían era la idea de que la humanidad en tanto que sujeto colectivo tenía la capacidad de limitar de una u otra manera el desarrollo socio - histórico impersonal y anónimo, y conducirlo en la dirección deseada. Hoy esta idea es inmediatamente rechazada como "ideológica" y/o "totalitaria". El proceso social se percibe de nuevo dominado por un Destino anónimo que escapa a todo control social. El advenimiento del capitalismo global nos ha sido presentado como un Destino de ese tipo contra el cual no se puede luchar: o se adapta uno a él o se considera fuera de la historia y es por tanto aplastado. Sólo puede emprenderse, de manera que el capitalismo global sea tan humano como le sea posible, un empeño por lograr un capitalismo global "de rostro humano".
Slavoj Zizek, Robespierre entre vertu et terreur, presentación a los más hermosos discursos de Robespierre, Stock, Paris 2007, pp. 60-61.
La imagen recrea un seminario en la FSE en donde este tipo de reflexión se puso en relación con la política en la Comunidad de Madrid y la incapacidad de la izquierda para ejercer el control social a los procesos en curso.

domingo, 4 de mayo de 2008

SOBRE LA CULTURA JURIDICA DEL TRABAJO



Umberto Romagnoli está ultimando un nuevo libro sobre la cultura juridica del trabajo en el que muestra las costuras del derecho laboral italiano. La obra, que está todavía en proceso, se compone de dos partes, una introducción de alcance general en la que la idea central es que la cultura mono-disciplinar de los juristas ha empobrecido las motivaciones del proyecto regulador del trabajo del siglo XX, por lo que se plantea la necesidad de "superar el cono de sombra que se extiende sobre el futuro de derecho del trabajo para restituirle la eficacia regulativa que tenía en sus orígenes, aunque mientras tanto haya cambiado todo". Por eso la parte introductoria es ante todo un recorrido por la cultura jurídica a través de la doctrina, los "juristas escritores", intérpretes y tejedores de las reglas del derecho desde finales del siglo XIX hasta la actualidad. Romagnoli cuenta esta historia y es a la vez narrador y objeto de la narración. Vemos con sus ojos el desarrollo de ese formidable esfuerzo intelectual que supone para todos los especialistas europeos la construcción del andamiaje científico y conceptual de la regulación jurídica del trabajo en Italia, y su mirada crítica es asimismo la respuesta a su propio trabajo como uno de las más relevantes personalidades de la doctrina italiana y europea. En la segunda parte del volumen se trazan los perfiles científico-culturales de tres grandes exponentes de la doctrina italiana correspondientes a otras tantas etapas de su evolución: Ludovico Barassi, Francesco Carnelutti y Luigi Mengoni, a través de los cuales se analiza en profundidad obra y época. Una forma diferente de abordar el tema sobre el que discurre la obra: la importancia de la cultura jurídica en la determinación política del derecho, en particular el del trabajo. Un libro precioso del que se dará cuenta en esta Ciudad Nativa una vez que se publique.

sábado, 26 de abril de 2008

¿EL TRABAJO ES TIEMPO SIN LÍMITES?

El tiempo de trabajo se enlaza con los demás tiempos de vida hasta convertirse en inseparable de éstos. Para muchas personas el trabajo se desarrolla, sea por necesidad recurrente, sea por las sujeciones formalmente impuestas por la organización flexible – como las que se presentan en el modelo de “empleo sin mesa de trabajo” (deskless job) – en la casa, en las salas de espera de los aeropuertos, en el tren, en el hotel, en la autopista. Incluso en el plano del discurso la idea de la festividad, del día festivo igual para todos, resulta etiquetada como un fetiche del que hay que prescindir. El trabajo tiende a convertirse en un tiempo sin límites, y, a la vez, un no – lugar. Ambas nociones son propiedades contrarias al ejercicio de cualquier forma de ritualidad como la del reposo semanal. En la sociedad flexible, el trabajo se condensa en la fórmula 7 (dias) x 24 (horas)

Luciano Gallino: Il lavoro non è una merce. Contro la flessibilità. Edizioni Laterza, Roma – Bari, 2007.

(La foto está tomada en el aeropuerto de Lisboa, aunque no un 25 de abril).

jueves, 24 de abril de 2008

1812: UN ESTUDIO HISTÓRICO SOBRE LOS COMIENZOS DEL ESTADO BURGUÉS EN ESPAÑA


Juan Terradillos (en la foto tras su participación en un brain storming en el Centro de Reforma del Estado de Parapanda) coordina el libro Marginalidad, cárcel, las otras creencias: primeros desarrollos jurídicos de La Pepa, editado por la Diputación de Cádiz en el marco de la celebración de la Constitución liberal de 1812. En un panorama doctrinal en el que los estudios históricos parecen superfluos o eruditos, Terradillos señala la necesidad de estudiar la Constitución de Cádiz desde un punto de vista actual, "ya que muchas de las cuestiones gestadas en aquella época siguen estando en el candelero". Sobre esa base la obra se estuctura en tres partes: la forma en que se constituyó el aparato del Estado en 1812 para hacer frente a la marginalidad y a la pobreza "inaceptable", con textos de Lola Lozano y Alejandro Slokar; la libertad religiosa y la forma en que se plantea en el código penal, con textos de Terradillos y de Dionisio Llamazares; y, por último, los orígenes del sistema pentienciario español en los textos liberales y la organización de las cárceles de mujeres, con intervenciones de Gema Martínez Galindo y Enrique Sanz Delgado. Un libro muy recomendable entre una oferta desigual en el estudio de los orígenes del estado burgués español.

domingo, 20 de abril de 2008

LA DERROTA DE LA IZQUIERDA EN ITALIA


Se usa ahora decir por todas las partes que no existe ya el obrero: como si alguna vez hubiera existido como figura social sin una subjetividad política colectiva. A falta de ella, no hay sino pura alienación, fuerza de trabajo físico o mental, fatiga que se debate en un flujo acelerado de transformaciones que no domina y que lo exprimen. La consciencia obrera inmediata no logra desvincularse ni de la presión de la empresa a favor de pagar cada vez peor el trabajo –presión culminada con un precariado de usar y tirar—, ni de la pérdida de confianza en la posibilidad de otro sistema. Así se explica tanto la deriva del comunismo italiano que, sin embargo, había dejado felizmente su impronta por unos decenios en el país, como la formación y desaparición de movimientos y sujetos incapaces de disputar la hegemonía.

Al propio tiempo, han ido desarrollándose en el cuerpo social nuevos sujetos de protesta o afirmación que, aun cuando no se dejan abatir, como el feminismo, o se convierten en objeto de revolución pasiva, como puede ocurrir con la ecología, o, en fin, no se pierden en veleidades identitarias, no están tampoco en condiciones de coaligarse, y así, tienden a excluirse mutuamente. Tal vez, y aquí llevaría razón Gramsci, los procesos liberadores arrancan más del espíritu de escisión que de una solidaridad de intereses. Pero, hoy por hoy, la fragmentación es lo que impera.
Y a favor de la inquietud y del descontento, ha venido regenerándose un escenario político que ninguno de nosotros, ni siquiera los más pesimistas, preveíamos. Y flota por encima de nosotros. Aunque flotar es acaso mucho decir, si la mitad del país gravita ya en torno de un modelo de enriquecimiento personal y de consumo que no vacila en abrirse paso a codazos. Si la democracia representativa no producirá nunca una revolución, las formas de represión que puede producir son muchas. No saldremos sin daño de los próximos cinco años.

ROSSANA ROSSANDA, 20.04.2008

sábado, 12 de abril de 2008

PRESTACION DE SERVICIOS TRANSNACIONALES: LECTURAS NUEVAS


Tras el aluvión de artículos sobre la Directiva de liberalización de servicios, Bolkestein, este año ha sido el Tribunal de Justicia el que con las Sentencias Viking y Laval primero y recientemente Rüfert, ha colocado en el centro de la discusión política el problema de la libre prestación de servicios. El punto jurídico sobre el que reposa el debate es la Directiva 96/71 sobre desplazamiento de trabajadores. La revista Lavoro e Diritto, dirigida por Umberto Romagnoli (en la foto, intercambiando opiniones con dos admiradores de la blogosfera) dedica el fascículo 1 del 2008 a este tema, en un monográfico coordinado por Fabrizio Bano y Silvia Borelli. Todos los trabajos son interesantes, pero destacamos el comentario a Viking y Laval obra de Antonio Lo Faro y la imprescindible reflexión sobre el Derecho del Trabajo del 2008, 40 años después de la tremenda sacudida de 1968 que realiza el maestro del derecho del trabajo británico, Bill Wedderburn, Lord Wedderburn of Charlton. De todas las revistas europeas dedicadas al estudio del derecho del trabajo y de las relaciones laborales, Lavoro e Diritto sigue demostrando que ocupa un puesto de primera línea.

sábado, 5 de abril de 2008

EL AISLAMIENTO DEL DERECHO DEL TRABAJO PORTUGUÉS


Pese a ser vecinos, las culturas académicas española y portuguesa no se han relacionado lo suficiente. En Derecho del Trabajo, la importancia de la revolución de 1974 y la Constitución portuguesa no han tenido apenas recepción en los escritos de la época. Hoy los iuslaboralistas portugueses son desconocidos por la mayoría de los universitarios españoles de esta especialidad. Sin embargo, los impulsos reformistas en Portugal sobre la "modernización" del Derecho del Trabajo son muy fuertes. En diciembre de 2007 se ha publicado un Libro Blanco de las Relaciones Laborales cuya lectura es muy significativa de la circulación de modelos en los distintos sistemas jurídico-laborales europeos y la homogeneización que se deriva del pensamiento neoliberal sobre el mercado de trabajo. Profesores tan interesantes como Jorge Leite (en la foto), Francisco Liberal Fernandes, o Jose Joâo Abrantes, realizan un trabajo crítico del ordenamiento laboral portugués y sostienen interesantes propuestas de política del derecho. Leite, Liberal Fernandes y Júlio Gomes dirigen una revista muy interesante: Questôes Laborais, publicada en Coimbra dos números al año, cuyo último número 29, del segundo semestre de 2007, se dedica monográficamente al estudio de las propuestas del Libro Balnco y los análisis que los sindicatos y las confederaciones patronales realizan del mismo. Un conjunto de textos que interesa conocer.

domingo, 23 de marzo de 2008

¿Por qué son tan escasos los estudios sobre las teorías políticas del derecho del trabajo?


Los iuslaboralistas españoles no dedican su tiempo a investigar el fundamento teórico y político de lo que es el conjunto normativo sobre el que operan. Alguna excepción, como José Luis Monereo, que alienta la imprescindible colección de clásicos de Comares y que publica ensayos introductorios y reflexiones históricas sobre las corrientes doctrinales y filosóficas que fundamentan y tensionan el derecho del trabajo y la protección social. Todo lo contrario en Italia en donde desde hace mucho tiempo este trabajo teórico sobre los clásicos forma parte de la cotidianeidad de la investigación académica. La "relectura" de los clásicos convoca a muchos profesores a debatir sobre la obra de los juristas del pasado - un pasado que no pasa -, pero también a profesionales y sindicalistas. La personalidad de Umberto Romagnoli ha influido decisivamente en esta opción de los iuslaboralistas italianos. Atención a su próximo e importante libro que dará mucho que hablar (que leer).

martes, 18 de marzo de 2008

proxima tesis: mikel urrutikoetxea


Mikel Urrutikoetxea es un profesor laboralista de la UPV/EHU que ha dedicado una buena parte de su vida al trabajo honesto y a la enseñanza comprometida del Derecho del Trabajo. Va a leer la tesis doctoral en breve sobre el tema del Acoso Moral. Es una muy buena tesis y será un trabajo de referencia en este tema. Ya hablaremos más de ello.

lunes, 17 de marzo de 2008

Preguntas a un lector futuro

Querido Lector:
Este blog se confunde con el desahogo de otros.
Asi que tranquilamente puede olvidarse. Solo te digo que la memoria no es un animal doméstico.